fbpx

Eres cubano y deseas viajar a tu isla: Te mostramos todo lo que deber saber para solicitar tu pasaporte o cambiarlo

Cada vez que algún nacido en la mayor de las Antillas entra o sale de la Isla debe, de forma obligatoria, presentar su pasaporte cubano. Por eso es tan importante conocer cuáles son los pasos establecidos para actualizar o renovar dicho pasaporte:



Lo primero que debes saber es que este pasaporte es válido por dos años y vencido ese período de tiempo se debe prorrogar. Pero ahí no termina todo, pues, una vez que hayan pasado seis años de su emisión es obligatorio realizar uno nuevo. La obtención, prórroga y renovación se realiza en las oficinas de la Dirección de Identificación Inmigración y Extranjería (DIIE).

Aquellos cubanos que necesitan hacer estos trámites y residen de forma permanente en la Isla sólo deben personar en las oficinas del DIIE en su municipio.

Para la obtención: Deben presentar el carnet de identidad o la tarjeta de menor en el caso de los menores de 16 años y sellos de timbre por valor de 100 CUC. Iguales requerimientos se solicitan para la renovación. Aquellos ciudadanos menores de 18 años deben, además, presentar una escritura notarial con el consentimiento de los dos padres o tutores.

Pasaporte Corriente

Para la actualización: La actualización es mucho más sencilla. Sólo se debe acudir a la oficina del DIIE con los documentos de identificación debidamente actualizados y el pasaporte anterior y en el caso de ser menor de 18 años el consentimiento legal previamente mencionado.

Para actualizar el pasaporte

Para la prórroga: Cada dos años debes llevar personalmente a las oficinas del DIIE los documentos de identificación actualizados y sellos de timbre por valor de 20.00 CUC.

Prórroga del pasaporte

En caso de residir en el exterior debes realizar estos trámites en las embajadas o los consulados cubanos y una vez allí cumplir con los siguientes pasos:

1 – Realizar la solicitud en el modelo oficial.

2 – Presentar pasaporte anterior, certificación de nacimiento, carta de ciudadanía o documento homólogo expedido por la autoridad competente.

3 – En caso de que el solicitante no tenga 18 años se debe entregar la autorización legal de los padres o tutores.

4 – Dos fotos de 4 x 4 cm.

5 – Constancia del pago del arancel consular.

En caso de que el interesado en obtener el pasaporte no pueda presentarse personalmente en la embajada o consulado; las sedes diplomáticas cubanas están autorizadas a entregarles un “pasaporte corriente provisional”. Antes de su entrega la sede diplomática se pone en contacto con las autoridades del país donde se encuentra el solicitante y lo consulta con el DIIE en Cuba. En caso de no existir problemas expide el documento.

Sin embargo, este “pasaporte corriente provisional” sólo tiene validez por un año y expira en el mismo momento en que el portador entra en Cuba, sin importar que no haya pasado el año de vigencia. Para el regreso el viajero tendrá que obtener, obligatoriamente, un pasaporte corriente con soporte de identificación biométrica.

Escrito por | Redacción TodoCuba

Patrocinado por: CubitaNOW - Noticias de Cuba