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Aduana de Cuba aclara las reglas que deben cumplir los cubanos de misión en el exterior cuando realicen su importación a Cuba

Los colaboradores cubanos que cumplen misión en el exterior, sin importar en que rama delos servicios se encuentren laborando, tiene derecho a una sola importación libre de costos según recuerda la Aduana General de la República de Cuba (AGR).



Pero el libre paso por las fronteras cubanas de esos artículos, que forman parte del menaje de casa, no es automático y requiere que se cumplan determinados requisitos como lo señala la Resolución 122-09.

Entre ellos está haber estado en cumplimiento de la misión por más de dos años solo así la importación será libre de costos. El otro es contar con una carta del jefe de la misión donde se encuentren laborando que acredite el fin del cumplimiento de la labor con resultados satisfactorios que lo haga merecedor del privilegio de estar exento de impuestos aduanales.

Esta carta de fin de misión se debe de entregar solo para acompañar la carga que contenga el menaje de casa como importación de carga no acompañada y no al momento de su arribo definitivo al país.

Si lo hacen en otro momento pierden el pierden el derecho a importar exentos de pago el embarque del menaje de casa y lo que es peor tampoco le sirve para no pagar el importe por importar el equipaje que taren consigo al arribar a suelo cubano.

En conclusión la Aduana recomienda poner atención a los pasos a seguir pues ya han venido ocurriendo confusiones que no tiene marcha atrás una vez violada la ley. Lo correcto es “sufragar el arancel correspondiente a la importación como pasajeros y mantener su Carta de Fin de Misión para exonerar el pago del menajes de casa al momento de recogerlo como carga no acompañada generalmente mediante envió marítimo”.

Escrito por | Redacción TodoCuba

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