fbpx

3 aclaraciones IMPORTANTES sobre la política migratoria para cubanos

La politica de inmigración de Estados Unidos hacia Cuba cambio enero 12, 2017 y muchos cubanos alrededor del mundo aun tienen muchas inquietudes y preguntas sobre el tema. Así que hemos recopilado 3 aclaraciones importantes que usted debe saber.



1. Entrar con pasaporte europeo no le permitirá “declararse cubano”:

Durante los últimos cinco años se hizo común que ciudadanos cubanos naturalizados españoles o en otro país europeo incluido en el programa de exención de visado estadounidense (waiver), llegaban a aeropuertos de Estados Unidos y se presentaban ante las autoridades migratorias con pasaporte cubano para solicitar refugio, apelando a Ley de Ajuste Cubano.

Un total de 10,992 cubanos lo hicieron a su llegada al Aeropuerto Internacional de Miami durante el año fiscal 2016. La entrada significaba la obtención de un parole con los correspondientes beneficios humanitarios para refugiados. Esta opción ha quedado suspendida desde el 12 de enero y quienes la intenten serán devueltos a su lugar de procedencia, con penalidad incluida para su retorno a EEUU.  

Los cubanos que viajen a EEUU con pasaporte europeo o de otro país exento de visado, deberán cumplir el trámite de entrada como no cubanos, y no podrán recibir ningún tipo de beneficios inmediatos. Si logran permanecer en el país por un año podrán entonces hacer sus trámites como nacionales cubanos y solicitar su estatus migratorios bajo la Ley de Ajuste Cubano.

2. Cubanos son inadmisibles en la frontera:

Las nuevas disposiciones migratorias hacen inadmisibles en Estados Unidos a los cubanos sin visados o admisión para emigrar. Hacer una entrada irregular burlando el control de las autoridades migratorias deja a la persona en una situación de limbo, sin derechos legales y sujetos a una expulsión expedita en caso de ser detectado.

Hacer vida de indocumentados en Miami o en cualquier lugar de Estados Unidos no es una opción recomendable.

3. Tener visa no implica protección bajo la Ley de Ajuste Cubano:

Estados Unidos otorga anualmente a nacionales cubanos unas 23 mil visas de no inmigrante, según las más recientes estadísticas del Departamento de Estado. Si usted recibió una visa para viaje familiar, turismo o negocios para venir a Estados Unidos (B-1 o B-2), no significa que pueda arribar a un aeropuerto de Estados Unidos y pedir protección bajo la CAA o declarar que planea radicarse en el país.

Los cubanos que obtienen visa de visitante con pasaporte emitido por la República de Cuba pudieran estar sometidos a un interrogatorio de un oficial de inmigración en el punto de entrada, como cualquier ciudadano de otro país.

Si en la entrevista se produce alguna respuesta o declaración que se considera incongruente con los requisitos de una visa de visitante, la entrada puede serle negada al portador, y ser devuelto a su lugar de origen. Muchas de las retenciones de las últimas horas pudieran haber afectado a personas que declararon su intención de quedarse en el país o confesaron haber realizado actividades no compatibles con visas de no inmigrante en visitas anteriores.

Por lo general, los cubanos con visa deben entrar sin mayores dificultades. Si permanecen  en territorio estadounidense pueden obtener estatus migratorio bajo la CAA, pero nunca antes de cumplir un año en el país.

Fuentes: Telemundo

Escrito por | Redacción TodoCuba

Patrocinado por: CubitaNOW - Noticias de Cuba