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Remesas a Cuba: ETECSA tendrá un monedero móvil de hasta 5000 MLC

El monopolio estatal de las telecomunicaciones en Cuba ETECSA entrará en el envío de remesas a Cuba de lleno con su ampliado monedero móvil. Hace unos meses la Bolsa sólo disponía de la realización de pagos de servicios y compras de productos de ETECSA pero ahora ofrecerá la posibilidad de pagar bienes y servicios donde esté habilitado Transfermóvil informó este martes la oficialista Agencia Cubana de Noticias ACN .

Aunque los medios oficialistas han evitado mencionar las remesas la Resolución 32/2023 del Banco Central de Cuba puntualizó que en el caso del monedero móvil en moneda libremente convertible MLC los fondos se reciben desde el exterior a través de una institución financiera.



La Gaceta Oficial no especifica de momento desde qué instituciones financieras en el exterior se podrá recargar el monedero móvil o la Bolsa de ETECSA.

Julio García Trápaga director de Soporte y Desarrollo de Productos Digitales de ETECSA aclaró a la ACN que el monedero no tiene relación con el saldo móvil tendrá dos tipos de cuentas asociadas en pesos cubanos CUP y dólares estadounidenses USD y comenzará con montos máximos de 80 000 CUP y 5000 USD.

Al habilitarse la opción la cuenta en USD solo tendrá fuente de entrada desde el exterior mediante una institución financiera y no existirán transferencias de cuentas de las tarjetas en MLC a la Bolsa acotó.

En cambio depositar dinero a la cuenta del monedero en CUP podrá ser a través de tarjetas magnéticas asociadas a las cuentas bancarias en pesos cubano y en efectivo desde Cadeca en un primer momento.

Por otra parte no puede captar recursos de terceros mediante depósitos de efectivo en moneda libremente convertible MLC y permitirá el traspaso de saldo entre monederos de igual moneda.

El Banco Central de Cuba otorga nueva licencia a la Empresa de Telecomunicaciones de Cuba ETECSA para actuar en el territorio nacional como entidad no financiera ejerciendo como proveedor de servicios de pagos a través de la operación y gestión de la plataforma Transfermóvil permitiendo a los suscriptores de la red celular tanto personas naturales como jurídicas interactuar con sus cuentas bancarias pagar servicios públicos gestionar servicios de telecomunicaciones y realizar pagos en el entorno del comercio electrónico en el país .

El saldo no excederá los 80 000 pesos cubanos y hasta 5000 en moneda libremente convertible.

El Banco Central de Cuba puede modificar esos importes de acuerdo con el comportamiento de la operatoria del monedero móvil .

El monedero móvil recibe los fondos desde las tarjetas magnéticas asociadas a las cuentas bancarias en pesos cubanos y en efectivo desde las instituciones financieras que puntualmente se autoricen. En el caso del monedero móvil en moneda libremente convertible los fondos se reciben desde el exterior a través de una institución financiera .

No puede captar recursos de terceros mediante depósitos de efectivo en moneda libremente convertible. Sus salidas sólo pueden ser por compras de bienes y servicios realizadas en los comercios donde esté habilitada como medio de pago la plataforma Transfermóvil por traspasos de saldos entre monederos por transferencias hacia cuentas bancarias y compra de pesos cubanos .

La salida de efectivo en pesos cubanos es hasta 5000 CUP por operación y un máximo mensual de 20 000 CUP .

Según la Resolución para minimizar el riesgo de liquidez abre cuenta en un banco cubano en pesos cubanos y en moneda libremente convertible cuyos saldos deben ser igual a la sumatoria de los saldos de cada cuenta monedero al cierre de cada día. Cumplir las normas nacionales e internacionales en lo concerniente a la industria de pago con tarjetas

ETECSA no puede realizar operaciones en las que se comprometa con su patrimonio a adelantar financiamientos a cualquier contraparte así como realizar operaciones reservadas exclusivamente a los bancos salvo autorización expresa del Banco Central de Cuba .

ETECSA queda obligada a llevar el registro contable de la operaciones asociadas al monedero móvil de forma separada e independiente. A partir de la entrada en vigor de la presente Resolución ETECSA es sujeto obligado del Decreto Ley 317 de 2013 Sobre la prevención y enfrentamiento al lavado de activos el financiamiento al terrorismo y a la proliferación de armas de destrucción masiva .

La nueva normativa del monedero móvil de ETECSA entrará en vigor 30 días después de la publicación en la Gaceta Oficial de Cuba. La Resolución 32/2023 del Banco Central de Cuba fue publicada el 17 de febrero.

Escrito por | Redacción TodoCuba

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