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MINFAR emite normativa para uso de armas en áreas estratégicas

La Gaceta Oficial en Cuba no publica todas las normativas del país sino aquellas que el Ministerio de Justicia MINJUS considera de interés general . Raramente las normas del MINFAR se clasifican de esa manera.La información sobre los grupos empresariales controlados por el MINFAR suele ser confidencial.

Por ello resulta sorprendente la publicación de la Resolución 9/24 del Minfar en la edición ordinaria número 46 de la Gaceta Oficial del 3 de junio de 2024. Esta resolución autoriza el uso de armas para aumentar la seguridad y protección física de las zonas de producción agropecuarias de inversiones constructivas y de montaje y otras áreas de interés para la defensa gestionadas por el MINFAR. Las armas autorizadas incluyen escopetas y munición de perdigones de varios calibres.



La publicación de esta normativa en la Gaceta Oficial parece más una estrategia para respaldar la reciente campaña mediática que advierte sobre un supuesto plan desde Estados Unidos para fomentar acciones terroristas en Cuba anticipando otro estallido social.

Un punto destacado es que la resolución fue firmada por el ministro Álvaro López Miera el 12 de febrero de 2024 pero no se publicó hasta el 3 de junio cuando la campaña mediática ya estaba bien establecida.

La Resolución 9/2024 considera indispensable la medida de incrementar la seguridad en las zonas de interés del MINFAR alegando que el enemigo exiliado en Estados Unidos de América está coordinando acciones con desafectos exmiembros de las Fuerzas Armadas Revolucionarias y otros para atacar objetivos militares y áreas de interés del MINFAR.

Además ordena que los responsables de las entidades no declaradas como zonas militares tienen 30 días para hacerlo delimitarlas y señalarlas con carteles en español e inglés que digan NO PASE ZONA MILITAR .

Estas directrices del MINFAR en el contexto cubano generan inquietudes. Declarar ciertas áreas como zonas militares aumenta las medidas de seguridad incluyendo el uso de armas letales por parte de los custodios.

El etiquetado de cualquier instalación controlada por el MINFAR como zona militar y el permiso para portar armas de fuego pueden incentivar a los custodios a usar la fuerza letal como primera medida de protección lo que podría resultar en incidentes lamentables e impunes.

El Código Penal Militar establece que no se exigirá responsabilidad penal a quien haga uso racional y reglamentario de las armas de fuego en cumplimiento de sus deberes lo que podría llevar a un uso excesivo de la fuerza en estas nuevas zonas militares.

Escrito por | Redacción TodoCuba

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