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Gaceta Oficial sobre nuevas leyes de informatización de la sociedad cubana
Gaceta Oficial

Cuba aclara dudas sobre nuevas leyes de informatización

El pasado jueves, 4 de julio, entraron en vigor una serie de nuevas leyes de informatización en la mayor de las Antillas. Dichas normas permiten la implementación y ordenamiento de la política de informatización de la sociedad en Cuba. Esta última, ya se había aprobado en el 2017. 



Entre las nuevas normas jurídicas, se aprobó el Decreto Ley 370 sobre la informatización de la sociedad en Cuba. En los artículos 68 y 69, se indica que no estará permitido «hospedar un sitio en servidores ubicados en un país extranjero, que no sea como espejo o réplica del sitio principal en servidores ubicados en territorio nacional».

Gaceta Oficial: nuevas leyes sobre la informatización en Cuba
Nuevas leyes sobre la informatización en Cuba. Fuente: Gaceta Oficial.

Este anuncio generó una gran cantidad de dudas y reacciones negativas por parte de diversos medios. De hecho, se comentaba que si un ciudadano cubano decidía, por ejemplo, abrirse un blog en WordPress, o cualquier otro servicio gratuito de Internet, el mismo podría recibir una multa de hasta 1.000 CUP. Este monto es equivalente a alrededor de 40$, en el caso de ser persona natural. En el caso de ser persona jurídica, sería de hasta 5.000 CUP.

Es debido a esto que el Ministerio de Comunicaciones decidió realizar una aclaratoria. Por lo tanto, informó que en el caso de las personas naturales, se refiere a las plataformas y aplicaciones nacionales de servicios que se ofrecen en internet y de uso por los ciudadanos. No se refiere a blogs, sitios personales o informativos.

Por otro lado, el inciso “I” del artículo 68 también ha generado fuertes discusiones en las redes sociales. Este último declara que se considera delito lo siguiente: “difundir, a través de las redes públicas de transmisión de datos, información contraria al interés social, la moral, las buenas costumbres, y la integridad de las personas”.

Sanciones al incumplimiento de las nuevas leyes
Sanciones al incumplimiento de las nuevas leyes. Fuente: Gaceta Oficial.

En ese caso, la multa equivaldría a 3000 CUP en caso de ser persona natural. En caso de ser persona jurídica, se impondrá una multa de 10.000 CUP. Además de esto, podrían decomisarse los equipos utilizados para cometer dichas contravenciones y podrían suspenderse licencias de forma temporal o permanente. Finalmente, también podría resultar en la clausura definitiva de las instalaciones.

Escrito por | Redacción TodoCuba

Fuente: Granma / DDC / Todo el mundo habla

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