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Algunos datos que deberías saber sobre los artículos que puedes entrar sin pagar en la aduana de Cuba

Este tema es de vital importancia para todos los cubanos que van a visitar la isla y también, por qué no, para los extranjeros que van a hacerlo por primera vez.



Debido a la complejidad del asunto y a que tener la información correcta sobre este importante tema podría evitarte más de un contratiempo, Todocuba decidió compartir el texto publicado por el blog Asesoría Legal y Sociedad, un excelente manual que de seguro será una herramienta valiosa para los viajeros.

A continuación te presentamos el artículo:

Las normas para la importación de mercancías con carácter no comercial a Cuba que entraron en vigor a partir del primero de septiembre de 2014 no afectan para nada a los 40 kg que pueden traer los viajeros como equipaje acompañante a Cuba y que están exentos de pago.

Las cantidades de productos que se pueden entrar a Cuba por las terminales aéreas y marítimas sin pagar derechos de aduana son 40 Kg los cuales se desglosan como se describe a continuación.

Los viajeros pueden entrar a Cuba 40 Kg sin pagar derechos de Aduana. -trabajadores.com

Se pueden importar hacia Cuba como equipaje acompañante paraviajar a Cuba los catalogados como efectos personales, sean para uso personal o no, un total de 25 Kg de misceláneas.

Se pueden entrar a territorio cubano hasta 5 kg de misceláneas sin pagar derechos aduanales o efectos electrodomésticos cuyo valor no exceda los 50.99 pesos cubanos convertibles (CUC).

Se pueden entrar a Cuba 10 kg de medicamentos exentos de pago siempre que estos vengan separados del resto del equipaje  y en sus envases originales.

Lo anterior es el total de los 40 Kg que se puede entrar a Cuba libre de pagos de derechos de aduanas.

Cuál es el límite para la importación con carácter no comercial por los viajeros que entran a Cuba.
Los viajeros que arriban a Cuba por terminales aéreas o marítimas pueden entrar a territorio cubano los productos autorizados por la ley por un valor de hasta 1000 pesos cubanos convertibles como mercancías con carácter no comercial.

De esos mil pesos hay 50.99 que están exentos de pago, lo que equivale a 5 kg, por lo que el valor a pagar aranceles será de un total de 950 pesos cubanos convertibles en misceláneas (10cuc por kg)  o equipos electrodomésticos y otros similares (valoración de aduana o factura) según el valor declarado o el método alternativo peso-valor de los productos.

Eso quiere decir que, además de los 40 Kg exentos de pago, se pueden entrar a Cuba productos o mercancías por un peso de  95 Kg que pagan arancel, lo que arroja un total de 135 Kg por cada visitante o pasajero que entre a Cuba sea residente o extranjero.

Se hace la salvedad de que los residentes cubanos que viajan y regresan a Cuba por primera vez en el año pagan los impuestos o arancel en pesos cubanos y no en pesos convertibles para mercancías con carácter no comercial.
Para que se entienda bien; se pueden entrar a Cuba:

  • 40 kg exentos de pago (se incluyen en este peso los 10 Kg de medicamentos).
  • 95 Kg pagando el arancel que fija la aduana a razón de 10.00 CUC por cada Kg.

En total son 100 Kg que se pueden llevar a Cuba pagando los derechos de aduana, lo que sucede es que a esos 100 Kg se les restan 5 Kg valorados en 50 CUC (10 CUC/Kg) que se eximen del pago. 

Si se entran artículos electrodomésticos y otros no valorados como misceláneas, cómo se afecta el valor de los 1000 CUC a importar a Cuba

Cuando, como parte del equipaje acompañante, se incluyen artículos electrodomésticos y otros no valorados por la aduana como misceláneas hay que restar el valor de esos productos al límite del valor de importación que es de 1000 CUC.

Es decir, que según la resolución que entra en vigor el primero de septiembre de 2014, se ponen los siguientes ejemplos de qué se puede llevar a Cuba incluidos artículos de electrónica como ordenadores, partes y piezas, televisores, monitores y otros.

Si se entra un TV LCD de hasta 32” (250.00 CUC) más un teatro en casa (120.00CUUC) más una computadora de escritorio (200.00 CUC) al pasajero le quedan solamente para importar un valor de 430.00 CUC en misceláneas los que equivalen a 43 kg de los cuales tiene 5 Kg gratis o que se restan 50.99 del valor de los electrodomésticos.

También se puede dar el caso que se entren a Cuba solamente productos no catalogados como misceláneas, es decir, electrodomésticos y otros equipos duraderos así como sus partes y piezas y otros similares.

En el caso de importar solo esos productos entonces no se tiene en cuenta el peso y solamente se ajusta la importación a los 1000.00 CUC. Por ejemplo:

  • Una computadora completa = ………………..200.00 cuc
  • Un procesador =…………………………………………50.00 cuc
  • Una motherboard =..………………….……………….60.00 cuc
  • Una impresora =………………………………………..100.00 cuc
  • Un teléfono de gama alta =………………………120.00 cuc
  • Una planta eléctrica de 900 W =………………200.00 cuc
  • Una laptop =……………………………………………..250.00 cuc
  • Un ventilador =…………………………………………….20.00 cuc

Totalizan 1000.00 cuc de productos de ese tipo que se pueden entrar de los cuales están exentos 50.00 cuc por lo que el pago sería de 950.00 cuc (vea la aclaración en amarillo). Para esa selección no se podrán importar mercancías del tipo misceláneas porque se alcanzó el valor total permitido para las importaciones con carácter no comercial pero se pueden entrar hasta 25 Kg de misceláneas exentas de pago como parte de efectos personales.

No obstante ese no es el valor real pues la resolución Resolución 222-12 del MFP (Ministerio de Finanzas y Precios) menciona que pasados los 500 cuc en valor se incrementa al 200% el impuesto por lo que aumenta el dinero a pagar en total a 1450.00 CUC.

– de $ 51.00 hasta $ 500.99 el 100 %
– de $ 501.00 hasta $ 1000.00 el 200 % 

 Lo anterior significa que pasados los 500.99 cuc en valor para artículos – válido para la explicación del ejemplo anterior- no considerados misceláneas, como son equipos y efectos electrodomésticos y duraderos, artículos para el hogar, ferretería, piezas de auto, medios y accesorios informáticos, etc., se pagará el doble de su valor según el listado de valoración de la Aduana; lo que aumenta el monto a pagar si se importa el total en valores de 1000.00 CUC a 1450.00 en aranceles (recuerde que 50.00 CUC de los 1000.00 a importar no se pagan).

Se deberá entender por computadora de escritorio completa el chasis + fuente+ motherboard + CPU con Fan y disipador + ventiladores internos + memorias RAM + tarjetas de video conectadas en la motherboard + discos duros internos + modem interno + torres de DVD + teclado + mouse + monitor + sistema de audio de PC.

Eso es una computadora completa, en fin, todo lo que venga conectado internamente dentro del chasis formando un mismo conjunto además de los tres periféricos necesarios, teclado, mouse y monitor.

Es decir, que el pasajero puede importar todo lo anterior, como ejemplo, más 25 Kg de misceláneas, 10 Kg de medicamentos y libros científicos, técnicos, de arte y otros autorizados en la legislación aún vigente y que no afecta para nada las nuevas normativas que entran en vigor desde el primero de septiembre de 2014.

Si se quieren entrar a Cuba esos productos no catalogados como misceláneas habrá que tener latabla del listado de valoración.

El listado de valoración y cantidades por productos que se pueden llevar a Cuba con carácter no comercial debería ajustarse cuando los familiares hasta el tercer grado de consanguinidad excedan de lo permitido. Se ilustra con el siguiente ejemplo.

Si un viajero llega desde Europa y desea traer artículos de vestir y calzar a su familia más cercana con necesidades como casi todo el cubano se encontrará que si esa familia es de 10 personas no podrá repartir 10 pares de chancletas, zapatos de vestir, zapatos deportivos o de trabajo que no lo contemplan en las normas. Obligan a comprar en Cuba donde hasta la fecha de confección de este artículo lo que se vende en los mercados cubanos es de pésima calidad y a precios muy elevados. Tienen que resolver eso para desestimular la importación de mercancías necesarias al pueblo.

Si viaja en un vuelo de Madrid a La Habana, por ejemplo, su equipaje de seguro vendrá bien pesado. Aunque estén sellados los bultos se volverán a pesar los mismos por los agentes de la aduana al arribar a Cuba.

Cuánto se deberá pagar por cada Kg de peso que se entre vía aérea o marítima como equipaje acompañante por los pasajeros
Para las mercancías que entran a Cuba los viajeros como equipaje acompañante, las que son gravadas con el arancel, pagan un valor de 10.00 cuc por cada Kg de peso, es decir, cada pasajero puede entrar a Cuba un total de 100 Kg de misceláneas o su valor en no misceláneas como equipaje acompañante cuyo valor límite es de 1000.00 cuc.

No se debe confundir el impuesto que regirá a partir del primero de septiembre de 2014para los envíos, bultos postales, paquetes o como se les quiera llamar que entran a Cuba por la vía aérea o marítima destinados a personas naturales.

Cuál es el arancel que deben pagar los paquetes enviados a Cuba por la vía postal, marítima o aérea
El valor por el peso y liquidación de los derechos de aduana para los envíos de paquetes a Cuba es de 20.00 pesos cubanos convertibles por cada Kg de los cuales están exentos de pagos los primeros 1,5 kg. 

Tomado de: Asesoría Legal y Sociedad

Escrito por | Redacción TodoCuba

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